Para: Directores de Núcleo de desarrollo educativo, Rectores, Directores rurales de los establecimientos educativos oficiales del municipio
El analfabetismo es la máxima expresión de vulnerabilidad educativa. La desigualdad que existe en el acceso al saber está unida a la desigualdad en el acceso al bienestar. También está asociado a la ausencia de oportunidades de acceso a la escuela, y su problemática tiene relación con la baja calidad de Ia enseñanza escolar y con los fenómenos de repitencia y deserción.
Para: Directivos Docentes, Rectores, Docentes y Administrativos nombrados.
Teniendo en cuenta el Decreto 2943 del 17 de diciembre de 2013, “por el cual se modifica el parágrafo 1º del artículo 40 del Decreto 1406 de 1999”.
Esta Secretaría de Educación dará aplicación al decreto antes mencionado con respeto al pago de la incapacidad por enfermedad general.
El empleador solo pagará los dos (2) primeros días y a partir del tercer día se hará descuento.
Para: Directores de núcleo, rectores y directores de instituciones y centros educativos, Coordinadores de convivencia escolar y docentes orientadores.
El Ministerio de Educación Nacional por intermedio de la Secretaría de Educación Municipal realizará asistencia técnica de la siguiente manera.