LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PEREIRA, en uso de las atribuciones legales y en especial las delegadas por el Decreto Municipal 244 de marzo 05 de 2012; y
Que según lo preceptuado por el artículo 43 del Decreto Reglamentario 1848 de 1969 en concordancia con el artículo 9º del Decreto Ley 1045 de 1978, tanto los empleados públicos como los trabajadores oficiales, tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicio, las cuales deben ser concedidas mediante resolución proferida por jefe del organismo o el funcionario en quien se delegue tal atribución.
Para: Directivos establecimientos educativos bibliotecarios.
El Ministerio de Educación Nacional y la Secretaría de Educación Municipal se permiten invitar a los Bibliotecarios o encargados de la biblioteca, de los establecimientos educativos que recibieron la colección semilla, en la Fase II, cuyo listado se adjunta, para participar en el Primer Encuentro Municipal de Bibliotecas Escolares, el cual tiene como objetivo generar un espacio de encuentro y asistencia técnica a los responsables de las bibliotecas escolares de manera que se potencialicen las actividades de lectura y escritura en los establecimientos educativos.
Para: Instituciones Educativas Oficiales de la Ciudad.
La Secretaria de Educación Municipal y la Dirección Operativa de Sistemas de Información, se permiten informar que con el fin de dar cumplimiento a requerimientos del Ministerio de Educación Nacional en el tema de inventarios de la plataforma tecnológica de las Secretarías de Educación, se permite informar que serán visitados por personal técnico de UNE - Telefónica de Pereira con el fin de realizar la instalación en los equipos de cómputo existentes en los Establecimientos Educativos Oficiales (Pedagógicos y Administrativos), del Agente de Inventarios denominado MONTIC el cual reportará simultáneamente al servidor de la SEM (SIMON).