Para: Directores de Núcleo, Rectores y Directores Rurales, Administradores SIMAT de los Establecimientos Educativos Oficiales y Privados de Pereira.
Me permito informarles que el plazo máximo, para la entrega del consolidado de matrícula de la presente vigencia es el 20 de febrero de 2016, como quedó establecido en la Resolución de Matrícula Nro.2960 del 08 de julio de 2015. Igualmente darle cumplimiento al cronograma establecido mediante Resolución Nro.7797 de 2015, el cual le da forma al proceso de matrícula oficial de la educación preescolar, básica y media en las entidades territoriales certificadas.
Para: Directores de Núcleo, Rectores y Coordinadores Programa 3011 Educación de Jóvenes y Adultos.
Como es de su conocimiento para dar inicio a las labores académicas del programa 3011 Educación de Jóvenes y Adultos; cada una de las Instituciones Educativas debe hacer llegar los Criterios Orientadores para la aplicación del programa actualizados. Dicha información se recibirá en físico en la Subsecretaría de Planeación y Calidad Educativa o en su defecto en medio magnético al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .
Para: Directores de Núcleo, Rectores de las Instituciones y Centros Educativos.
La Secretaria de Educación Municipal y la Secretaria de Desarrollo Social y Político del Municipio de Pereira, en aras de velar por la población migratoria hacen llegar a los establecimientos educativos las disposiciones que en materia se establecen, con la finalidad de que en los establecimientos educativos del municipio de Pereira conozcan las disposiciones que en materia se establece; para lo cual da a conocer lo siguiente:
Para: Directivos Docentes
De conformidad a lo preceptuado en la Ley 1448 del 2011 y sus decretos reglamentarios 4800,4829, 4633, 4634,4635 del 20011 y el CONPES 3726 de 2011, la secretaria de educación emite los siguientes procesos de atención diferencial.
En aras de una efectiva reparación integral a las víctimas del conflicto armado tal como lo establece la Ley (victimas del desplazamiento forzado, secuestro, tortura, minas antipersonales, delitos contra la libertad e integridad sexual, actos terroristas y otros actos relacionados con el conflicto armado ocurridos el 1 de enero de 1985.
La secretaria establece el procedimiento para que las victimas accedan a la educación formal impartida en los establecimientos educativos aprobados.
Para: Rectores de Instituciones Eduativas Públicas y Privadas, Directores Centros Educativos
Teniendo en cuenta las observaciones de la Ministra de Educación Gina Parody, sobre los útiles inútiles y el uniforme, la Secretaría de Educación de Pereira aclara a las instituciones la importancia de tener en cuenta estas directrices con el fin de evitar problemas o situaciones incómodas.