CIRCULAR No. 238 / GRATUIDAD DE LA EDUCACIÓN

Para: Rectores y Directores Rurales de Establecimientos Educativos Oficiales.

La Secretaria de Educación y la Subsecretaria de Planeación y Calidad de la Secretaría de Educación de Pereira, Reitera que la Gratuidad de la Educación conlleva a que los alumnos de los establecimientos educativos, mientras se encuentren matriculados, o sus padres o acudientes, no podrán ser requeridos por los Directivos Docentes – Rectores y Directores Rurales de los establecimientos educativos para hacerles o sugerirles cobros por ningún concepto, incluyendo dentro de estas prohibiciones, los derechos de grados.
 
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