LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE PEREIRA, en uso de las atribuciones legales y en especial las delegadas por el Decreto Municipal 244 de marzo 05 de 2012; y
Que según lo preceptuado por el artículo 43 del Decreto Reglamentario 1848 de 1969 en concordancia con el artículo 9º del Decreto Ley 1045 de 1978, tanto los empleados públicos como los trabajadores oficiales, tienen derecho a quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicio, las cuales deben ser concedidas mediante resolución proferida por jefe del organismo o el funcionario en quien se delegue tal atribución.