CIRCULAR No. 011 / BENEFICIOS PARA LAS VÍCTIMAS DEL CONFLICTO ARMADO

Para: Directivos Docentes

De conformidad a lo preceptuado en la ley 1448 del 2011 y sus decretos reglamentarios 4800, 4829, 4633, 4634, 4635 del 2011 y el CONPES 3726 de 2011, La Secretaría de Educación emite los siguientes procesos de atención diferencial.

En aras de una efectiva reparación integral a la víctimas del conflicto armado tal como establece la Ley, La Secretaría de Educación Municipal establece el procedimiento para que las víctimas accedan a la educación formal impartida en los establecimientos educativos oficiales.

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