Para: Instituciones Educativas Centros Educativos Oficiales del Municipio de Pereira
Relacionamos a continuación la programación que se tiene desde la Subsecretaría de Planeación y Calidad Educativa, tanto a través de los proyectos transversales, como de las convocatorias del Ministerio de Educación Nacional y otras entidades.
Ha sido muy gratificante compartir en las diversas actividades que las Instituciones y Centros Educativos, han realizado para el cierre del año escolar, destacando cumpleaños, día de la familia, muestras artísticas, feria de la ciencia y el emprendimiento, entre otras; es en esos momentos donde se logra cristalizar el fruto del arduo trabajo realizado durante el año escolar, por parte de las comunidades educativas, ¡FELICITACIONES A NUESTROS MAESTROS Y DIRECTIVOS!
Para: Docentes y Directivos Docentes Oficiales dentro del Municipio de Pereira
Que por Decreto 244 de 2012, el Alcalde de Municipio de Pereira, delega en la Secretaría de Educación Municipal, la competencia para definir las situaciones administrativas que se presentan con el personal docente, directivo docente y administrativo, entre las que se encuentra la de efectuar traslados entre dichos funcionarios;
Que en virtud de lo anterior, y con sujeción a los artículos 153 de la ley 115 de 1994 y numeral 7.3, artículo 7º de la Ley 715 de 2001, corresponde a la Administración Municipal a través de la Secretaría de Educación Municipal, dirigir la educación en la respectiva jurisdicción, encontrándose en tal, la posibilidad para trasladar personal Docente, Directivo Docente de acuerdo a la matrícula anual y al número de docentes demandados;
Que de conformidad con los artículos 22 de la Ley 715 de 2001, 52 del Decreto Ley 1278 de 2002, y el título quinto el Decreto 1075 de 2015, la autoridad nominadora realizará los traslados de Docentes y Directivos Docentes de los establecimientos educativos Estatales de su jurisdicción con el fin de garantizar la debida prestación del servicio educativo;
NOTIFICACIÓN POR AVISO
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011-Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y ante el desconocimiento de la información del destinatario, se procede a la siguiente notificación.