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Respuesta Queja SAIA No: 20250726-31374-E

La Secretaria de Educación de Pereira, se permite por medio de la Subsecretaria de Planeación y Calidad de la Educación, otorgar el trámite debido a la solicitud intervención o manifestación de inconformidad por las aparentes sobrecargas académicas que pueden afectar la integridad de los estudiantes del establecimiento educativo no oficial denominado Colegio IPFI, siendo lo primero señalar que los establecimientos educativos gozan de autonomía administrativa y pedagógica, la cual se refiere a la capacidad de las instituciones para tomar decisiones y gestionar sus propios asuntos, tanto en lo que respecta a la administración de recursos y personal como en la implementación de sus enfoques pedagógicos; en tal sentido es preciso, que como miembros de la comunidad educativa o en sus respectivas calidades de acudientes de los estudiantes, eleven sus inquietudes, recomendaciones o sugerencias al establecimiento educativo, a través de los canales regulares, como pueden ser los órganos directivos o los órganos del gobierno escolar, los cuales tienen plenas facultades para intervenir, modificar o gestionar las solicitudes de los usuarios. En el adjunto más información.


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